Hemos recopilado la mayor parte de medidas adoptada por el Gobierno central y autonómico para autónomos y empresas durante el estado de alarma creado por el COVID-19
AYUDAS PARA AUTÓNOMOS POR COVID-19
APLAZAMIENTO DE IMPUESTOS POR CORONAVIRUS PARA AUTÓNOMOS
De conformidad con el Real Decreto – Ley 7/2020, los impuestos que un autónomo puede posponer hasta los 6 meses, a la hora de realizar el pago, son tanto el IVA (Modelo 303), como el IRPF (tanto en estimación directa con el Modelo 130 como en estimación objetiva con el Modelo 131).
Se trata de una moratoria y no una exención, por lo que habrá que pagarlos más adelante.
Sobre cómo proceder con este trámite, debe acudirse a la página web de la Agencia Tributaria.
El aplazamiento de estas cuotas para los autónomos por el Coronavirus está sujeto a:
- La fecha de aplicación de esta medida, que va desde la aprobación del decreto hasta el 30 de mayo de 2020.
- Solo se podrán aplazar los pagos como máximo 6 meses.
- Durante los 3 primeros meses de demora, no habrá intereses de ningún tipo.
- El máximo permitidoen esta deuda con el Estado es de 30.000 euros.
- Solo se podrán acoger las empresas con volumen de facturación no superior a 6.010.121,04 euros en el año 2019.
SUSPENSIÓN DE LA CUOTA DE AUTÓNOMOS POR CORONAVIRUS
De momento NO hay nada nivel general, aunque desde el Gobierno son conscientes de que sería de gran ayuda a los autónomos en su carga fiscal.
Solo está aplicada a los autónomos que se han acogido a la ayuda por cese de actividad.
APLAZAMIENTO EN EL REEMBOLSO DE LA SECRETARÍA GENERAL DE INDUSTRIA
Esta medida, al igual que para las empresas, es aplicable a todos los autónomos que tengan deudas con la Secretaría General de Industria.
Para poder optar a ella, es necesario que se cumplan estos tres puntos:
- El plazo de la devolución del préstamo es inferior a los 6 meses desde la aprobación del Real Decreto-ley 7/2020.
- Que esté justificado que el Coronavirus está teniendo un impacto en la actividad normal del autónomo.
- La moratoria es una adaptación del tiempo en el pago, con lo que deberá realizarse siempre dentro del periodo voluntario de pago.
AYUDA POR CESE DE ACTIVIDAD POR CORONAVIRUS
Esta medida ha sido aprobada con el Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo y será aplicable a todos los autónomos que tengan pérdidas severas por el Coronavirus (también los societarios y los empleadores están incluidos).
Decreta que, por el cese de actividad, quedarán exonerados de pagar sus cuotas a la Seguridad Social durante un mes, prorrogable hasta el último día del mes en que finalice dicho estado de alarma.
También decreta una ayuda para estos autónomos, que se calculará con el 70 % de la base reguladora o con el 70 % de la base mínima de cotización cuando no se disponga del tiempo mínimo cotizado para optar a ella.
Los beneficiarios serán los afectados cuya actividad sea suspenda debido al anuncio del estado de alarma o cuya facturación se haya reducido al menos en un 75% en relación con la facturación promedio del período anterior de seis meses.
SOLICITUD DE AYUDAS POR DESEMPLEO COMO AUTÓNOMO POR EL COVID- 19
Los autónomos que se pueden acoger a esta medida son aquellos que han cesado su actividad por prohibición del gobierno de la apertura de sus negocios (bares, salas recreativas, peluquerías,…) o que hayan reducido drásticamente (más del 75% de pérdida de salario) sus beneficios.
Se pueden acoger a esta medida sin necesidad de la baja de autónomos y sin la necesidad de utilizar el paro para autónomos.
Para calcular si te puedes acoger se hará una media entre los meses de octubre del 2019 y marzo del 2020 y se comparará con el mes de marzo.
Un requisito indispensable para acceder a esta prestación es estar al corriente de los pagos de la Seguridad Social y tienes 30 días para regularizar esta situación.
La duración es de un mes o hasta el último día de este estado de alarma.
Para iniciar el trámite el autónomo debe acudirse a la Mutua donde tiene el trabajador por cuenta ajena cubierta la contingencia por cese de la actividad o por el SEPE.
El trámite se debe organizar frente al organismo competente de pagar esta prestación.
En este supuesto se suele pedir la fotocopia del DNI, el modelo 145 y estar al pago de las cuotas de la Seguridad Social.
AYUDAS PARA AUTÓNOMOS EN EL SECTOR TURÍSTICO POR EL CORONAVIRUS.
El estado ha decretado ayudas mediante los créditos ICO, tanto para empresas como para autónomos, en los que su actividad esté encuadrada dentro del sector turístico.
De esta forma cualquier autónomo que su actividad tenga relación con el turismo, la hostelería o el transporte podrá optar a esta ayuda.
Esta se ha concretado como una ampliación de la ayuda ya existente de 200 millones de euros que se había decretado con la quiebra de la aerolínea Tomas Cook, a la cual se le han sumado 200 millones más para hacer un total de 400 millones disponibles para los autónomos bajo las siguientes condiciones:
- Los destinatarios no podrán estar en ningún registro de morosidad ni insolvencia.
- No podrá usar este crédito para refinanciar otros pasados o futuros.
- El importe máximo por autónomo y año es de 500.000 euros.
- La financiación se formalizará bajo la modalidad de préstamo con las entidades
- acreditadas (BBVA, Santander y Cajamar).
- Plazo de amortización de 4 años con un máximo de 1 año de carencia.
- Tasa de Interés Fijo hasta un máximo del 1,5% (incluidas comisiones).
Con los créditos ICO que se ponen a disposición de los autónomos se quiere ayudar a que estos cuenten con más liquidez, para poder paliar la falta de trabajo en estos momentos de crisis o cumplir con sus obligaciones económicas.
AVAL DE 100.000 MILLONES PARA PRÉSTAMOS
Este tipo de ayuda se gestiona por medio de las entidades privadas de la banca donde el Estado actúa de avalista para solicitar esos créditos. De esta forma se prevé movilizar entre 100.000 y 200.000 millones de euros.
A pesar de ser gestionados a través de los créditos ICO, estos son diferentes de los que se han aprobado inicialmente para el sector del turismo. Son dos líneas diferentes y presumiblemente con diferentes condiciones.
A este tipo de créditos avalados por el Estado se podrán acoger todo tipo de empresas, PYMES y autónomos para intentar paliar los problemas que esté causando el Coronavirus en su actividad.
AVALES DEL 80% PARA LAS AUTÓNOMOS POR CORONAVIRUS
El 24 de Marzo, se decretaron más medidas, concretándose los siguientes puntos a tener en cuenta:
- Será un primer paquete de 20.000 millones de euros ampliables según se consuman.
- Todas las ayudas tendrán efectos retroactivos en préstamos firmados desde el 18 de marzo.
- Avalará hasta el 80% de los préstamos que soliciten los autónomos a los bancos.
- Los créditos serán para mantener la liquidez y afrontar los gastos ocasionados por la crisis.
- La mitad de lo ofertado tiene que destinarse para empresas con menos de 250 trabajadores y autónomos.
- La garantía será de hasta el 70% en las grandes empresas.
- Y si son para renovar préstamos que vencen en los próximos meses, la medida solo contempla el 60%
- No se pueden cancelar créditos anteriores a la crisis por parte de los bancos que se quieran acoger a esta medida.
- El plazo máximo del aval del préstamo son 5 añospor lo que los préstamos no excederán ese tiempo.
- Podrán solicitar este aval hasta el 30 de septiembre de 2020.
AYUDAS PRIVADAS POR CORONAVIRUS A AUTÓNOMOS
Los autónomos cuentan con ayudas públicas del Estado, pero también existen empresas privadas con ayudas disponibles para sus clientes.
Empresas, como las energéticas o de comunicaciones, han facilitado a sus clientes una serie de ayudas que citamos a continuación:
- CaixaBank:Lanza una línea de créditos de 25.000 millones para PYMES por el Coronavirus.
- BBVA:Otros 25.000 millones de euros en líneas de financiación para PYMES.
- Banco Santander:Lanza créditos preconcedidos por 20.000 millones para PYMES.
- Movistar: Ofrece 30GB adicionales por mes para clientes de línea en el paquete Fusión y clientes móviles como un medio para alentar el teletrabajo o trabajar con datos en áreas menos populares. También más contenido infantil y deportivo, como entretenimiento para menores, que deben quedarse en casa.
- Vodafone:Para clientes profesionales, autónomos y pequeñas y medianas empresas, datos gratuitos ilimitados hasta finales de marzo, así como más contenido para niños en sus paquetes de televisión.
- Pepephone:Ofrece 5GB adicionales a todos sus clientes y en todas las líneas mientras dure la crisis
- Orange:Ofrece 30GB gratis para clientes que tienen un teléfono fijo y móvil o solo un teléfono móvil durante un mes. También más contenido para niños en la televisión de forma gratuita. En el caso de las empresas, el paquete de gigas se amplía a 50.
- MásMóvil:Para clientes de televisión, tres meses gratis desde Sky TV, y para la marca
- O2:60 GB de datos que se lanzarán en dos meses.
- Lowi:10GB extra hasta el 30 de Abril.
- Amena: Regala 10GB con activación automática.
- Iberdrola: Permite el fraccionamiento de las facturas hasta en 12 meses y sin coste para PYMES y hogares.
- Naturgy: Permite a las PYMES y los autónomos fraccionar el pago de las facturas de electricidad y gas.
- Endesa: Suspende los cortes de luz por impago durante el tiempo que dure la crisis.
- Renfe: Del 16 de marzo al 30 de abril, los recorridos se pueden cancelar de forma gratuita.
OTRAS AYUDAS
- Ydray:Servicio de envío de datos que pasa de 5Gb a 10Gb mientras dure la crisis.
- Cisco Webex:Herramienta de comunicación online que se ofrece gratuitamente con conexión con hasta 100 personas a la vez.
- ValidatedID:Ofrece firmas remotas gratis mientras dure la crisis por el COVID-19.
- ABAEnglish:Cursos Premium para aprender inglés.
- SeedRocket:Ofrece webinars para aprender con referentes del sector empresarial.
- Audible:Audiolibros de Amazon con un mes gratis.
- Cursos online gratis en Cousera, Edx, Udemy, Miriadax y Udacity.
- Codecademy Pro:Ofrece 10.000 becas gratis.
- Glovo:Envíos gratis en medicina.
- Microsoft Teams:Gratis durante 6 meses.
- Kaptivo: Regala una pizarra blanca por la compra de algunos de sus productos.
El Gobierno de Canarias ha decidido complementar la prestación por cese de actividad que percibirán los autónomos afectados por el Covid-19. Así, si la prestación anunciada por Seguridad Social era equivalente al 70% de la base reguladora, Canarias complementará el 30% para los autónomos de las islas.
BIBLIOGRAFÍA
Real Decreto-ley 7/2020, de 12 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes para responder al impacto económico del COVID-19. https://www.boe.es/boe/dias/2020/03/13/pdfs/BOE-A-2020-3580.pdf
Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19. https://www.boe.es/boe/dias/2020/03/18/pdfs/BOE-A-2020-3824.pdf
Medidas económicas adoptadas por el Gobierno de España frente a la pandemia del COVID-19
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Podrán descargarlo en formato pdf: 2020 Medidas económicas para autónomos y empresas
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