114/03/2020

Considerando las informaciones de las Autoridades Sanitarias en la que se nos alerta de un aumento del contagio del Covid-19 en nuestro país y después de que el Gobierno de España haya declarado el Estado de Alerta (Real Decreto por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19), el Complejo Alimentario MERCATENERIFE se ve en la obligación de  colaborar con todos sus medios, aplicando diferentes medidas y por supuesto, apelando a la responsabilidad colectiva y personal de todos y cada uno de sus usuarios.

Asimismo, teniendo en cuenta que nuestro papel como punto de abastecimiento alimentario de la isla y provincia de S/C de Tenerife es primordial, hemos de garantizar un regular funcionamiento del mercado, controlando la afluencia y el movimiento de usuarios dentro de nuestras instalaciones, con el objeto de que éste se desarrolle con absoluta normalidad, evitando por un lado grandes aglomeraciones y/o, situaciones que dificulten las transacciones comerciales del mercado y por otro, un posible desabastecimiento de géneros.

Por consiguiente MERCATENERIFE, procederá a partir de las 00:00 h del día 15 de marzo de 2020:

Regular la asistencia de compradores para evitar que la afluencia se incremente por encima de los valores habituales registrados, evitando así situaciones anómalas o de descontrol, para ello se:

A.- Limitará las altas concentraciones, estableciendo regulaciones en las vías de entrada que favorezca el acceso moderado de compradores dentro de un valor de referencia.

B.- Limitar la asistencia de compradores exclusivamente a los profesionales de la alimentación, evitando la entrada de clientes no profesionales, particulares o usuarios para los que no está destinado la actividad del mercado.

C.- Prohibir el acceso a las cafeterías y bares, quienes sólo podrán operar para entrega de pedidos.

En consecuencia se informará a los posibles afectados, mayoristas, agricultores, compradores, y en general, usuarios de MERCATENERIFE, para que acrediten su relación comercial con el mercado si ésta no se constata en los puntos de accesos o en el interior del recinto. Para ello todo comprador deberá llevar consigo un documento que le acredite como tal, como el alta de su actividad o, contrato que le relacione con las labores comerciales, de trasporte o reparto de productos alimentarios.

Los comercializadores o vendedores de la Nave de Producto Local, deberán llevar consigo el carnet expedido por MERCATENERIFE que le habilita como tal.


Por otro lado, MERCATENERIFE en principio no controlará las cantidades de productos que cada comprador pueda adquirir, por ser actualmente responsabilidad de cada una de las empresas que operan en la Unidad Alimentaria.

Además de estas medidas, existen otras encaminadas a una mayor protección frente a contagio que se encuentran publicadas en nuestros paneles de comunicación, medios informativos y redes sociales, reservándose MERCATENERIFE el derecho a modificarlas o incrementarlas en función de lo que esta situación demande.

No obstante se recuerda que entre otras obligaciones, se debe de cumplir lo siguiente:

1- Cumplir con las distancias de seguridad de 1 metro entre usuarios y/o comprador y vendedor.

2.- Evitar el consumo de alimentos en los lugares de venta.


MERCATENERIFE, agradece y reconoce el esfuerzo que todas las Autoridades, Administraciones Públicas, Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, personal sanitario y en general todas aquellas personas implicados en la gestión de esta crisis, así como a sus usuarios, apelando también a su compresión y colaboración para superar los efectos de esta pandemia lo mejor posible.

Santa Cruz de Tenerife a 14 de marzo de 2020

La Administración de MERCATENERIFE, S.A.