Perfil del contratante

Poder adjudicador

Conforme a lo establecido en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (en adelante LCSP), y por el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (en adelante RGLCAP), aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, que permanece vigente en todo aquello que no se oponga a la Ley o haya quedado afectado por sus disposiciones transitorias, la SOCIEDAD ANÓNIMA DE MERCADOS CENTRALES DE ABASTECIMIENTO DE TENERIFE, S.A. (en adelante, MERCATENERIFE) es una sociedad anónima de capital público, por lo que tiene el carácter de poder adjudicador que no tiene la consideración de Administración Pública, sujeta, por tanto, a los procedimientos de contratación de las Administraciones regulados en la LCSP y el RGLCAP.

Asimismo, según lo establecido en el art. 61 de la Ley 9/2017 de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, el órgano de Contratación que actúa en nombre de MERCATENERIFE es el Consejo de Administración de la Entidad.